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Accidentes de tráfico: ¿El proceso penal interrumpe la prescripción de las acciones civiles a todos los perjudicados o solo a los que han sido parte del procedimiento?

Publicado el 21 de enero de 2022

Accidentes de tráfico: ¿El proceso penal interrumpe la prescripción de las acciones civiles a todos los perjudicados o solo a los que han sido parte del procedimiento?

El plazo para computar la prescripción de las acciones civiles para los perjudicados en un accidente de tráfico comienza a correr una vez finaliza el procedimiento penal por sentencia firme, con independencia de que los perjudicados hayan sido o no parte en el referido procedimiento penal, puesto que éstos no podrán demandar a la compañía de seguros hasta que no haya concluido el proceso penal.

Lo anterior se desprende de la Sentencia de 15 de noviembre de 2021 del Tribunal Supremo, en la que resuelve un procedimiento iniciado cuando los ocupantes de un turismo resultaron lesionados en un accidente de tráfico y formularon demanda contra la compañía de seguros del vehículo en el que viajaban.

Los demandantes vieron desestimadas sus peticiones por compartir los tribunales las alegaciones de la compañía: que la acción había prescrito. Y es que, si bien, hubo un procedimiento penal previo al civil, este procedimiento no interrumpió el plazo que tenían los demandantes para ejercitar su acción, ya que éstos no denunciaron los hechos ni fueron parte del procedimiento penal, pero lo que ya había transcurrido el plazo de un año del que disponían para interponer la reclamación de responsabilidad civil.

Sin embargo, el Tribunal Supremo, al que acudieron los demandantes, les ha dado la razón señalando que, aunque los demandantes no fueran parte del proceso penal, esto no les abría la posibilidad de interponer la demanda civil hasta que no concluyera el penal, de tal modo que devuelve las actuaciones al tribunal de instancia para que se pronuncie sobre las cuestiones que le fueron planteadas.