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RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS ANIMALES. Adjudicación de un perro a su cuidadora en atención a su bienestar.

Publicado el 11 de febrero de 2022

RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS ANIMALES. Adjudicación de un perro a su cuidadora en atención a su bienestar.

En fecha 13 de enero de 2022, un Juzgado de Oviedo ha dictado la primera resolución teniendo en cuenta la nueva ley que reconoce a los animales de compañía como seres dotados de sensibilidad, vigente desde el día 5 de enero de 2022.

Se trata de una controversia entre el propietario de un perro quien, tras trasladarse a vivir fuera de España, dejó al animal con una cuidadora durante años.

Al devolver al país, este reclamó que se le devolviera la mascota y ante la negativa de la cuidadora de entregarle el animal, el propietario la demanda judicialmente, obteniendo un pronunciamiento favorable. Sin embargo, la cuidadora ha presentado recurso ante la Audiencia Provincial de Asturias, que está pendiente de resolución.

Así las cosas, la cuidadora se niega a devolverle el perro hasta que se resuelva el recurso interpuesto, solicitando el propietario la ejecución provisional de la sentencia.

La demandada se opone a la ejecución alegando que no se ha tenido en cuenta que los animales son seres sensibles y que las resoluciones judiciales deben dictarse teniendo en cuenta este aspecto. Asimismo, indica que el juzgado no tiene ninguna garantía de que el animal esté bien atendido, teniendo en cuenta que el propietario se desentendió totalmente durante el tiempo en que esté en el extranjero. Alega también que en caso de devolver el perro al demandante, si la AP le da la razón a ella, esto causaría un daño irreparable al animal.

El Juzgado de Primera Instancia ha estimado la oposición, señalando lo siguiente:

  • Que no se trata de la entrega de un bien, sino de un ser vivo dotado de sensibilidad, por lo que todas las decisiones que le afecten deben garantizar su bienestar.
  • Que en el litigio ha quedado acreditado que el demandante no tuvo contacto con el animal durante años y que la demandada lo cuidó con la máxima diligencia, mientras que hubo una falta de responsabilidad hacia las necesidades básicas del animal por parte del demandante.
  • Que romper de forma brusca los lazos de afectividad existentes entre el animal y la cuidadora y el cambio de ambiente y núcleo familiar, que podría no ser definitivo, podrían ocasionar a la mascota un sufrimiento innecesario.
  • Que el bienestar del animal aconseja no modificar su situación.